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Ofrecemos la colaboración para acometer de forma adecuada las diferentes deducciones fiscales por proyectos I+D+i que la empresa desee realizar. La cuantía de la deducción por I+D+i que se puede generar (hasta un 50%), así como las generosas condiciones para su aplicación (hasta 15 años), hacen de la deducción por I+D+i un instrumento muy poderoso de cara a la financiación de proyectos de innovación. Sin embargo, puede ser de difícil utilización, ya que precisa de un exhaustivo análisis técnico y científico y de una documentación detallada y extensa.
Puntos a tener en cuenta
- Las empresas deben desglosar las actividades de su departamento de I+D, en proyectos y examinar el grado de innovación de los mismos como exige la ley.
- Las actividades deducibles tienen que incorporar un grado de innovación, en términos absolutos en el caso de I+D y en términos relativos en el caso de Innovación Tecnológica (IT). Esto es muy difícil de evaluar y siempre estará sujeto a opiniones personales. Por esto, conviene definir correctamente los proyectos a efectos fiscales.
- Los proyectos hay que justificarlos con una documentación que acredite su encaje en la deducción, y ésta documentación debe estar en concordancia con la cuantía de la deducción.
- La elaboración de informes de los proyectos I+D+i debe ser realista, intentando integrar conceptos científicos, industriales y financieros.
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