| Programa de Ahorro y Eficiencia Energética en la Edificación |
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Rehabilitación energética de la envolvente térmica de los edificios existentes.
Objetivo Reducir la demanda energética en calefacción y refrigeración de los edificios existentes no residenciales (oficinas, hoteles, hospitales, instalaciones deportivas, comerciales, centros de enseñanza, etc.) mediante la rehabilitación energética de su envolvente térmica.
Actuación apoyable Esta medida pretende fomentar la rehabilitación energética de la envolvente térmica de los edificios existentes no residenciales de forma que cumplan, al menos, con las exigencias mínimas que fija el Código Técnico de la Edificación.
Beneficiarios Empresas de servicios energéticos y las personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada, propietarios o titulares de edificios del sector terciario.
Costes elegibles
Cuantía de la ayuda
Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas de los edificios existentes. Objetivo Reducir el consumo de energía de las instalaciones térmicas existentes de los edificios (calefacción, climatización y producción de agua caliente sanitaria).
Actuación apoyable Esta medida pretende mejorar la eficiencia energética de las instalaciones de climatización (calefacción, refrigeración y ventilación) y producción de agua caliente sanitaria, destinadas a atender la demanda de bienestar térmico e higiene de las personas, que se renueven.
Beneficiarios Empresas de servicios energéticos y las personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada, propietarios o titulares de edificios del sector residencial y terciario.
Costes elegibles
Cuantía de la ayuda
Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación interior en los edificios existentes.
Objetivo Reducir el consumo de energía de las instalaciones de iluminación interior existentes.
Actuaciones apoyables Esta medida pretende mejorar la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación interior que se renueven. Las actuaciones energéticas incluidas dentro de esta medida serán aquellas que consigan una reducción de al menos un 25% del consumo de energía convencional en la iluminación interior de los edificios, garantizando un confort lumínico adecuado a la tarea a realizar y que se justifiquen documentalmente.
Beneficiarios Empresas de servicios energéticos y las personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada propietarios o titulares de edificios del sector residencial y terciario.
Costes elegibles
Cuantía de la ayuda
Construcción de nuevos edificios con alta calificación energética. Objetivo Reducir el consumo de energía mediante la promoción de edificios de nueva construcción: viviendas unifamiliares, edificios de viviendas en bloque y/o edificios terciarios con alta calificación energética.
Actuaciones apoyables El Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación energética de edificios, establece la obligación de poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un certificado de eficiencia energética. La calificación de eficiencia energética asignada al edificio viene expresada por una escala de siete letras, que va desde la A (edificio más eficiente) a la letra G (edificio menos eficiente).
Las actuaciones energéticas incluidas dentro de esta medida serán aquellas que permitan alcanzar a un edificio, la calificación energética A ó B, mediante una reducción de su consumo de energía, cumpliendo lo que establece el Real Decreto 47/2007, de 19 de enero.
Beneficiarios Empresas de servicios energéticos y las personas físicas ó jurídicas de naturaleza pública ó privada, propietarios o titulares de edificios del sector residencial y terciario.
Costes elegibles Medidas de eficiencia energética que afecten la envolvente térmica, sus instalaciones térmicas (climatización y producción de agua caliente sanitaria) e instalaciones de iluminación interior.
Cuantía de la ayuda
La cuantía máxima de la ayuda para la realización de la ingeniería requerida para calificar energéticamente el edificio será del 75% de su coste.
Mejora de la eficiencia energética en las instalaciones de ascensores y escaleras mecánicas existentes en los edificios. Objetivo Reducir el consumo energético de los ascensores existentes en edificios de viviendas en bloque con un mínimo de cuatro plantas y los ascensores y escaleras mecánicas existentes en edificios de uso terciario (oficinas, hoteles, hospitales, instalaciones deportivas, centros comerciales, centros de enseñanza, etc.).
Actuaciones apoyables Esta medida pretende mejorar la eficiencia energética de los ascensores eléctricos y escaleras mecánicas existentes mediante el empleo de las últimas tecnologías y de los sistemas más avanzados en ahorro energético. Las actuaciones energéticas incluidas dentro de esta medida serán aquellas que, documentalmente justificadas, consigan una reducción anual de, al menos, un 35% del consumo de energía convencional en el movimiento del ascensor y la iluminación de la cabina o en el movimiento y la iluminación de la escalera mecánica. Son actuaciones: reformas en ascensores y escaleras mecánicas, sistemas de iluminación de cabinas o iluminación de zócalos de escaleras mecánicas.
Beneficiarios Empresas de servicios energéticos y las personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada, propietarios o titulares de edificios del sector residencial y terciario.
Coste elegible
Cuantía de la ayuda Con carácter general, la cuantía máxima de la ayuda será del 35% del coste elegible, con un máximo de 3300 €/ascensor o escalera mecánica. |

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